Promoción y prevención
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CF
2018, vol. 11, nº 4

Menores y TIC: educación digital

Autores: Corrochano de Castro S1
1 Inspectora de Policía. Unidad Central de Participación Ciudadana. Policía Nacional. Madrid. (España).

MENORES Y TIC: EDUCACIÓN DIGITAL

Es sabido que la violencia es un fenómeno global que crece y se transforma según los distintos cambios socioculturales que van emergiendo en nuestra sociedad.

La violencia que sufren los menores puede adoptar diferentes formas: maltrato infantil, violencia de género –violencia de control–, abusos sexuales, LGTBI-fobia o acoso y ciberacoso escolar, entre otros. En algunas ocasiones estamos en presencia de violencia visible y otras en invisible, esta última está relacionada con la idea de “normalización”.

Los instrumentos básicos para prevenir o radicar la violencia contra la infancia se centran, principalmente, en educar en ciudadanía y en el respeto de los derechos fundamentales. Igual que se enseñan a los menores valores en el mundo offline, hay que enseñarles también normas de conducta –“netiqueta”– en el mundo online. Por ello, una correcta alfabetización digital les permitirá enfrentarse a los nuevos cambios tecnológicos con capacidad autocrítica. El artículo 5 de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, dispone que: “Los menores tienen derecho a buscar, recibir y utilizar la información adecuada a su desarrollo. Se prestará especial atención a la alfabetización digital y mediática, de forma adaptada a cada etapa evolutiva, que permita a los menores actuar en línea con seguridad y responsabilidad y, en particular, identificar situaciones de riesgo derivadas de la utilización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, así como las herramientas y estrategias para afrontar dichos riesgos y protegerse de ellos”.

La actual era digital ha supuesto la creación de nuevos riesgos para los niños. No solo en la deep web proliferan algunas prácticas que atentan contra la indemnidad sexual de los menores –abusos sexuales, explotación sexual, pornografía, etc.–, sino también estos hechos pueden emerger en las principales redes sociales y plataformas digitales que utilizan los propios niños y jóvenes para comunicarse con terceras personas, y crear así su propia “vida virtual”.

No hay que olvidar que la red no solo es la plataforma ideal que utilizan los menores para relacionarse virtualmente con otras personas, sino también es el medio perfecto para la actuación de pedófilos y pederastas.

El presente artículo tiene por objeto dar a conocer los principales riesgos asociados a las TIC, conocer las pautas necesarias para prevenir algunos de ellos y adoptar las medidas oportunas para minimizar los efectos acaecidos cuando el hecho ya se ha producido.

RIESGOS ASOCIADOS A LAS TIC

En la actualidad, los niños y jóvenes son unos grandes usuarios de Internet, por lo que, al tratarse de un colectivo vulnerable, requiere una especial atención. Los servicios más demandados y utilizados por los menores son, entre otros, las redes sociales, blogs, los juegos online, etc., y el teléfono móvil es el más utilizado por estos como medio de ocio y de comunicación1.

El uso diario de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de este colectivo les permite desarrollar una serie de habilidades y conocimientos técnicos que les faculta acceso a ellas sin miedo alguno. La actitud de “nunca me va a pasar nada malo” y la creencia de “yo controlo”, les pueden hacer caer en determinadas situaciones de riesgo, tales como grooming, sexting, ciberacoso2,3, acceso a contenidos inapropiados, tecnoadicciones, suplantación de identidad, estafas, vulneraciones a la intimidad, explotación sexual, contra la intimidad, trata de seres humanos, bandas juveniles, etc.

Dentro de las diferentes prácticas indebidas que realizan los menores con el uso de internet y redes sociales, hay que reseñar, entre otras, las siguientes:

  • La creación de grupos online en redes sociales en las que los menores insultan, amenazan y ridiculizan a las víctimas, principalmente, menores de edad. En este tipo de conductas se encuentra el ciberacoso, destacando las siguientes modalidades: robo de contraseñas con el fin de poder suplantar la identidad de otra persona; envío de mensajes ofensivos e insultantes hacia una determinada persona; modificar o alterar fotografías y correos electrónicos con el fin de ridiculizar a sus víctimas; excluir a alguien de un grupo online con la intención de aislarle socialmente, etc.
  • Difusión de imágenes íntimas de menores que ellos mismos facilitan a un compañero o pareja sentimental y este lo difunde a un grupo de amigos o a extraños sin el consentimiento de la víctima (sexting). En ocasiones, el sexting puede derivar en una situación de “sextorsión” o chantaje sexual. La finalidad de este chantaje suele ser, entre otras, la obtención de dinero, el envío de más fotografías de contenido sexual4, o tener con el menor un encuentro de naturaleza sexual.
  • Agresiones físicas de menores que son grabadas para ser subidas, posteriormente, en las redes sociales, conducta denominada happy slapping.
  • Situaciones de acoso relacionadas con los delitos de odio al tener su origen por motivos homófobos.
  • Child grooming o acoso sexual.
  • Acceso a páginas web que fomentan conductas nocivas para la salud, destacando, entre otras, las siguientes:
    • Comunidades que promueven la extrema delgadez, proanorexia y probulimia.
    • Comunidades que fomentan conductas autolíticas.
    • Comunidades que fomentan hábitos de vida no saludables.
    • Juegos online5. Una mala utilización de dichos juegos puede conllevar pérdida de la privacidad, contacto con desconocidos y adicción.
    • Retos virales. Algunos de los retos virales que hoy circulan en la red son divertidos e inofensivos. No obstante, no todos son así, hay retos cuya ejecución suponen un grave peligro para la salud de las personas y en ciertas ocasiones han causado la muerte de algún menor. Existen retos virales altamente peligrosos para la salud de los jóvenes, algunos de estos son los siguientes: tide pod challenge, Cinderella diet, Blue Whale Challenge –conocido en España como el Juego de la Ballena Azul–, A4 Challenge, el reto terrorífico de Momo, el reto del zoom, el reto de la canela, el condón en la cabeza…

PREVENCIÓN, DETECCIÓN E INTERVENCIÓN

La prevención comienza con una adecuada concienciación de todos aquellos problemas que pueden dar lugar a un mal uso de Internet. Por ello, una correcta prevención primaria nos permitirá anticiparnos a posibles hechos delictivos. Hay que concienciar a los niños y jóvenes sobre los riesgos que entraña un uso inadecuado de las TIC y las consecuencias de sus actos, fomentando valores como el respeto, la igualdad, la solidaridad, la empatía, etc. Los agentes primarios deben facilitar a los menores herramientas para la prevención de conflictos e inculcarles la idea de que solicitar ayuda es fundamental para poner fin a muchas situaciones que pueden estar sufriendo. Más allá de los riesgos físicos, sabemos que las consecuencias psicológicas pueden ser graves: depresión, abandono escolar, absentismo y suicidio en algunos casos.

La información es la mejor herramienta de prevención para protegerse frente a determinados riesgos, por ello, el hecho de tener en cuenta algunas pautas de seguridad evitaría no solo la adicción hacia el uso de las TIC, sino también a todos aquellos problemas que puedan estar asociados a conductas que fomenten hábitos de vida no saludables. Dentro de las mencionadas pautas caben destacar6:

  • Supervisar la actividad que hacen los menores en Internet. Una buena opción es instalar sistemas de control parental en los dispositivos que utilizan los menores para evitar el acceso a páginas web cuyo contenido no sea apto para los niños. "La supervisión e información por parte de los padres es fundamental para promover un uso seguro de Internet. Internet es una herramienta que proporciona a los menores información y opciones de ocio, pero también puede ser una puerta de entrada a un mundo lleno de peligros que, en muchas ocasiones, los menores no son capaces de salir sin la ayuda de un familiar o de un profesional"7.
  • Pactar normas claras sobre el uso de las TIC.
  • Enseñar a los menores a navegar de forma segura.
  • Informar a los menores sobre los riesgos que conlleva un mal uso de Internet, enseñándoles a establecer el nivel máximo de su privacidad en las redes sociales con el fin de evitar vulneraciones a la intimidad.
  • Fomentar hábitos de vida saludables y actividades offline.
  • Enseñar alfabetización digital.
  • Informar de la existencia de normas de comportamiento virtual o “netiqueta” para evitar que sean autores de determinadas conductas delictivas. No hay que olvidar que los menores pueden ser autores de determinados delitos, con las consecuencias jurídicas que conlleva su comisión (responsabilidad penal y civil).

Como se ha mencionado anteriormente, la educación es una herramienta fundamental para la prevención de la violencia digital. No obstante, cuando esta falla o no da los resultados esperados, la detención temprana es fundamental para poner en marcha los mecanismos necesarios y poner fin a una determinada situación de riesgo. En este tipo de prevención –secundaria– es muy importante la actuación de los padres y profesores a la hora de detectar los cambios conductuales y de hábitos de los menores.

ANTE UN INCIDENTE

  1. Denunciar los hechos –comentarios inapropiados, vulneraciones de la intimidad del menor, etc.–, ante la administración o empresa responsable del servicio para que tomen las medidas adecuadas.
  2. En la mayoría de los espacios web existe una opción de denuncia de determinados usuarios que hacen un uso indebido de dichas páginas.
  3. Cambiar contraseñas, limpiar y en su caso formatear el dispositivo electrónico.
  4. Es importante que se recabe el mayor número de pruebas posibles: direcciones de web, capturas de pantalla, fechas de los hechos, conversaciones de texto, telefónicas, etc., y aportarlas en la denuncia.
  5. Denunciar el caso ante las fuerzas y cuerpos de seguridad y las autoridades judiciales competentes para que realicen las investigaciones pertinentes.
  6. En el mismo momento en que la víctima menor pone en conocimiento de un adulto de confianza los hechos que está sufriendo, la intervención se debe centrar en su protección, recopilando todo tipo de pruebas con el fin de interponer la correspondiente denuncia.

ACTUACIÓN UNA VEZ PRODUCIDO EL HECHO (CIBERACOSO, SEXTING, GROOMING, COMUNICACIONES PELIGROSAS, ETC.)

La actuación en este tipo de situaciones, principalmente delictivas, no puede solo centrarse en sancionar penal y administrativamente a sus autores, sino que el objetivo principal es proteger al menor8, garantizando su intimidad y evitando cualquier tipo de alarma social que pueda provocar una nueva victimización. La actuación principal se puede resumir en evitar que la víctima siga sufriendo y el cese de dicha situación en el medio virtual causante de la misma.

Por ello, los profesionales de la Policía, de la Justicia, de los Servicios Sociales, profesionales sanitarios, etc., deben tener la suficiente formación que les permitan actuar con responsabilidad profesional para poder otorgar a la víctima una asistencia integral, coordinada y especializada. Dicha asistencia tiene que ir orientada a satisfacer las necesidades específicas en el ámbito jurídico, psicológico y social, sin dejar a un lado el atender a otros menores posiblemente afectados por estas situaciones.

En el caso de que el autor del hecho delictivo sea menor de edad (14-18 años)9 se deben adoptar las medidas de justicia restaurativa que corresponda. Todas estas medidas tienen que estar orientadas a la educación, buscando la comprensión de los hechos, la asunción de responsabilidades y la reparación del daño10.

No obstante, a los menores de 14 años, al carecer de responsabilidad penal, se les deben aplicar las medidas administrativas correspondientes y participar las circunstancias del hecho al Ministerio Fiscal para su conocimiento.

Hay que partir de la base legal de que los principales responsables de las conductas que realizan los menores en Internet son los progenitores (titulares de los dispositivos electrónicos, contratos, conexiones, etc.). En el caso de que los menores sean alumnos del mismo centro educativo, aunque los hechos se produzcan fuera del mismo, este debe adoptar las medidas disciplinarias oportunas. Según el Artículo 1903 del Código Civil “Los padres son responsables de los daños causados por los hijos que se encuentren bajo su guarda. Los tutores lo son de los perjuicios causados por los menores o incapacitados que están bajo su autoridad y habitan en su compañía. Las personas o entidades que sean titulares de un Centro docente de enseñanza no superior responderán por los daños y perjuicios que causen sus alumnos menores de edad durante los periodos de tiempo en que los mismos se hallen bajo el control o vigilancia del profesorado del centro, desarrollando actividades escolares o extraescolares y complementarias…”.

Por lo tanto, una actuación integral preventiva abarcaría principalmente tres eslabones:

Información, concienciación y sensibilización

La Policía Nacional, desde el año 2007, desarrolla una importante labor preventiva en el ámbito educativo a través de la implementación del Plan Director para la Convivencia y Mejora de la Seguridad en los Centros Educativos y sus Entornos, Instrucción 7/2013 de la Secretaría de Estado de Seguridad (SES)11. Uno de los principales ejes que aborda dicho plan es potenciar las actuaciones preventivas en relación con los riesgos a los que se ven sometidos los menores con respecto al uso de las TIC. Para alcanzar dicho objetivo, la Policía Nacional, además de las charlas preventivas que abarca el propio plan y que son impartidas por los delegados de Participación Ciudadana de la Policía Nacional, ha elaborado proyectos específicos de gran calidad y envergadura, en relación con el uso correcto de las TIC, los cuales van dirigidos a la comunidad educativa (padres, alumnos, docentes). Dichos proyectos específicos son los siguientes:

  • Programa Ciberexpert@.
  • “Controla tu red”.

Actualmente, la Policía Nacional trabaja de forma conjunta con la Asociación Española de Pediatría, la Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria y la Sociedad Española de Pediatría Social con el fin de mejorar la salud digital entre los menores.

Diagnóstico precoz: seguimiento y acompañamiento del menor

La detección temprana de estas situaciones viene precedida por la concienciación y actualización de las personas que, en su quehacer diario, conviven y trabajan con niños y adolescentes (padres, madres, profesores, pediatras, etc.).

Actuación inmediata

Con un tratamiento eficaz y efectivo, para reducir y minimizar el daño causado por terceros. Dicha actuación debe ser integral con el fin de facilitar, al menor y a su entorno, los medios necesarios para un adecuado desarrollo de su salud física y mental.

BIBLIOGRAFÍA

  1. Unidad Central de Participación Ciudadana de la Policía Nacional. Dispositivos móviles: delitos o conductas inadecuadas entre menores. En: Padres y Madres de Hoy [en línea] [consultado el 30/11/2018]. Disponible en: http://padresymadresdehoy.com/dispositivos-moviles-menores/
  2. Estado Mundial de la Infancia. Niños en un mundo digital. En: Unicef [en línea] [consultado el 30/11/2018]. Disponible en: https://www.unicef.org/spanish/publications/index_101993
  3. Estébanez A. Pasos para evitar el ciberbullying. En: Consejería de Políticas Sociales y Familia, Comunidad de Madrid [en línea] [consultado el 30/11/2018]. Disponible en: http://www.madrid.org/bvirtual/BVCM014010.pdf
  4. Detenidos dos adolescentes de 15 y 17 años por extorsionar sexualmente a una menor de 14. En: Europa Press [en línea] [consultado el 30/11/2018]. Disponible en https://www.europapress.es/madrid/noticia-detenidos-dos-adolescentes-15-17-anos-extorsionar-sexualmente-menor-14-20180823120046.html
  5. Boza J, Amador JC, Malmierca D, Gonzálvez M. Pasos para evitar la adicción a los videojuegos, ¿puedo ayudar a mis hijos a divertirse en la red? En: Consejería de Políticas Sociales y Familia, Comunidad de Madrid [en línea] [consultado el 30/11/2018]. Disponible en: http://www.madrid.org/bvirtual/BVCM014078.pdf
  6. Guía para el profesorado. “Tecnoadicciones”. En: Fundación Mapfre [en línea] [consultado el 30/11/2018]. Disponible en: https://www.fundacionmapfre.org/fundacion/es_es/educa-tu-mundo/material-educativo/guia-tecnoadicciones-profesorado.jsp
  7. Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE). Guía sobre privacidad y seguridad en Internet. En: Oficina de Seguridad del Internauta [en línea] [consultado el 30/11/2018]. Disponible en: https://www.osi.es/sites/default/files/docs/guiaprivacidadseguridadinternet.pdf
  8. Ley 26/2015, de 28 de julio. Modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. BOE 180, de 29/7/2015. En: Boletín Oficial del Estado [en línea] [consultado el 30/11/2018]. Disponible en: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-8470
  9. Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. BOE 11 de 13/1/2000. En: Boletín Oficial del Estado [en línea] [consultado el 30/11/2018]. Disponible en: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-641
  10. Sastre A. Yo a eso no juego. Bullying y ciberbullying en la infancia. En: Save the Children España [en línea] [consultado el 30/11/2018]. Disponible en: http://www.elsindic.com/documentos/505_YO_A_ESO_NO_JUEGO%20(002).pdf
  11. Plan director para la convivencia y mejora de la seguridad en los centros educativos y sus entornos. En: Ministerio del Interior [en línea] [consultado el 30/11/2018]. Disponible en http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/planes-de-prevencion/plan-director-para-la-convivencia-y-mejora-escolar

LECTURAS RECOMENDADAS

  • Encuesta sobre hábitos de uso y seguridad de Internet de menores y jóvenes en España. En: Ministerio del Interior [en línea] [consultado el 30/11/2018]. Disponible en: http://cort.as/-Csm-

Cómo citar este artículo

Corrochano de Castro S. Menores y TIC: educación digital . Form Act Pediatr Aten Prim. 2018;11;238-41